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Cambios en AFIP para monotributistas: escalas, plazos y recategorización

entre el 11 y el 29 de julio próximo y la extensión hasta el 27 de julio del período para pagar la obligación mensual, a través de la resolución general 5226/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.La misma busca garantizar que las y los monotributistas accedan a los beneficios de la ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos promulgada ayer por el Gobierno.La ley 27.676 amplió los límites de facturación máxima por categoría del monotributo y así permite que, de corresponder, las y los monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin ver incrementados los valores de sus obligaciones mensuales.

La iniciativa también estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo.

Esto es, que no tengan un trabajo en relación de dependencia ni cobren una jubilación y tampoco perciban rentas financieras o ingresos por alquileres.

El incremento en los límites máximos de facturación por categoría deberá ser tenido en cuenta por las y los monotributistas para evaluar su recategorización.

En forma excepcional, el plazo para hacer la recategorización semestral del monotributo estará habilitado entre el 11 y el 29 de julio.

La recategorización consiste en la evaluación de la actividad de los últimos 12 meses para determinar si deben mantener la categoría en la que se encuentran o modificarla.

Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización.

Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Asimismo, la AFIP extiende hasta el 27 de julio el período para pagar la obligación del mes en curso.

La ampliación de los plazos busca facilitar las tareas de cumplimiento de las y los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B que fueron beneficiados por la exención del componente impositivo.

Los contribuyentes de las dos primeras categorías deberán realizar el pago mensual una vez que la exención del componente impositivo impacte sobre sus perfiles, que será a partir del 11 de julio.

No obstante, durante todo el mes, se mantiene habilitada la posibilidad de abonar la obligación mensual del monotributo para quienes, por distintos motivos, así lo requieran.

En esos casos cuando surja una diferencia entre el monto pagado y el que corresponda tras aplicar las modificaciones surgidas por la ley de alivio fiscal, los pequeños contribuyentes podrán reimputarla para cancelar otros períodos.

A partir del 11 de julio los pequeños contribuyentes de las categorías A y B que no tengan otra fuente de ingresos podrán visualizar su nueva credencial a través de la página web de la AFIP, y en caso de necesitarlo, podrán reimprimir su credencial.

Esto se debe a que como dejarán de pagar el componente impositivo del monotributo el sistema les asignará un nuevo Código Único de Revista (CUR).

Este procedimiento se realiza en monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal.


Alivio fiscal para monotributistas y autónomos: cuáles son los cambios

El proyecto tiene como objetivo la actualización de los montos de la facturación máxima permitida para estar en cada una de las categorías de la escala. También renovará los topes de ingresos que permiten acceder al sistema impositivo simplificado.

La misma iniciativa prevé, además, novedades para los autónomos, que pagan Ganancias a partir de ingresos más bajos, en comparación con los asalariados y jubilados. El proyecto será ahora girado al Senado para convertirse en ley.

Cambios en el monotributo: desde cuándo se aplicarán los cambios de la nueva ley de alivio fiscal

Los montos de ingresos topes aumentarán un 29,12%, salvo los de las categorías A, B, C y D que lo harán en un 60%. Este porcentaje surge del mecanismo de actualización anual, por el cual las cifras se reajustan en cada enero, tomando como referencia el porcentaje del incremento obtenido en el año previo por las jubilaciones y pensiones del sistema previsional general de la ANSES.

Si se aprueba la ley de alivio fiscal, estos cambios se aplicarán a partir del 1 de julio de 2022. Hasta el día 20 de ese mes, los monotributistas deberán cumplir con el segundo trámite de recategorización que hay cada año.


¿Cómo quedarán las escalas del monotributo?

Si se aprueba la nueva tabla, deberán observar su facturación de los últimos doce meses. De esta manera, los topes por categoría quedarán de la siguiente forma:

  • Categoría A $748.382,07
  • Categoría B $1.112.459,83
  • Categoría C $1.557.443,75
  • Categoría D $1.934.273,04
  • Categoría E $2.277.684,56
  • Categoría F $2.847.105,70
  • Categoría G $3.416.526,83
  • Categoría H $4.229.985,60.

En lo que respecta a actividades de venta de cosas muebles hay otras tres categorías, que pasarán a tener las siguientes facturaciones máximas admitidas:

  • Categoría I: $4.734.330,03
  • Categoría J: $5.425.770,00
  • Categoría K: 6.019.594,89

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¿Qué pasará con los ingresos topes para los monotributistas?

La mayor facturación anual permitida en el caso del comercio pasará, según lo previsto, de $4.662.015,87 a $6.019.594,89 y la correspondiente a quienes prestan servicios, de $3.276.011,15 a $4.229.985,60.

En caso de excederse de esos topes máximos, el contribuyente pasa automáticamente a la escala siguiente. El aumento de los ingresos permitidos con respecto a los valores que regían en enero de 2021 fue de 32,05% (monotributistas de comercio) y de 39,18% (servicios).

Cambios para autónomos: cómo impactarán las modificaciones con la nueva ley

En el caso de los autónomos, el proyecto inicial proponía incrementar la deducción especial en 2 veces la ganancia no imponible, pasando la deducción de $505.129,66 a $757.694,52. De esta manera la "brecha" de la deducción especial entre el empleado y el autónomo se achicaba de $707.181,58 a $454.616,72. Además, para nuevos profesionales se elevaba de 1,5 veces a 2,5 veces la ganancia no imponible.

En el debate en el recinto, se decidió subir de 2 veces a 2,5 veces la deducción especial para autónomos y 3 veces para los nuevos profesionales. "Esto es un beneficio adicional para 140 mil contribuyentes autónomos que pagan el impuesto a las ganancias", indicaron desde el oficialismo.

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