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Castigarán a los matrimonios que no cumplen con sus promesas: "Obligado a indemnizarte"

La Justicia de Perú explicó en sus redes sociales que las promesas de matrimonio que no hayan sido cumplidas, serán recompensadas con una indemnización. La persona afectada recibirá un monto establecido por el incumplimiento.

"Sí acepto… Prometer matrimonio y no cumplirlo, estarás obligado a indemnizar a tu pareja por daños", comunicó la Corte Superior de Justicia de Lima Norte en su página oficial de Facebook, junto a una fotografía de una novia triste con una anillo en su mano.

Esta publicación tiene como objetivo explicar que, si recibiste la propuesta de matrimonio por parte de tu pareja y luego se arrepintió, causándote daños y perjuicios, estará obligado a indemnizarte.

Ya está publicado en el Artículo 240 del Código Civil de Perú con el concepto de haber infligido daños a la persona a la que se le hizo el ofrecimiento.

El artículo explica: "Si la promesa de matrimonio se formaliza indubitablemente entre personas legalmente aptas para casarse y se deja de cumplir por culpa exclusiva de uno de los promitentes, ocasionando con ello daños y perjuicios al otro o a terceros, aquél estará obligado a indemnizarlos."

Además, esta acción deberá cumplirse dentro del plazo de un año a partir de la ruptura de la promesa. Y, dentro de este periodo, cada uno de los prometidos "Puede revocar las donaciones que haya hecho en favor del otro por razón del matrimonio proyectado".



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