Anunciaron cómo escriturar una vivienda con el Boleto de Compraventa
Uno de los servicios más requeridos del Ministerio de Gobierno es el trámite de escritura de viviendas, el cual se realiza a través de la Dirección de Regularización y Consolidación Dominial, perteneciente al Ministerio de Gobierno. Muchas de las consultas se refieren a cómo empezar con el proceso de acceder a la escritura al poseer un boleto de compraventa.
Para realizar la consulta correspondiente, los interesados deben dirigirse a la Dirección, ubicada en calle Agustín Gnecco 395 Sur en el departamento Capital, trayendo el Boleto de Compraventa, acreditando que los habitantes del inmueble se encuentran viviendo allí mínimo desde el año 2005 de forma continua y permanente, además de ser la vivienda única de quien inicia el trámite, es decir, que no debe poseer ningún otro inmueble a su nombre.
¿Quiénes pueden acceder al trámite?
- Las personas ocupantes originarias del inmueble, que no sea propietario o poseedor de otra vivienda.
- El cónyuge y herederos del ocupante originario que hayan continuado con la ocupación del inmueble.
- Las personas, que sin ser herederos, hayan convivido con el ocupante originario, recibiendo trato familiar y que hayan continuado con la ocupación del inmueble.
- Las personas que, mediante acto legítimo fuesen continuadores de dicha posesión.
¿Cómo se puede acreditar la ocupación?
El mencionado Boleto de Compraventa funciona como constancia documental, pero también existen otros casos de documentos en los que figuren el domicilio del inmueble a regularizar y la fecha de expedición de la misma, como Cesión de Derechos, Libreta de Pagos, Recibo de Compra o Títulos antecedentes.
¿Cuál es el costo del trámite?
El único costo que tiene que pagar el ocupante una vez finalizada la etapa administrativa previo a escriturar, es una contribución única del 1 % del avalúo fiscal.
¿Se pueden hacer consultas no-presenciales?
Sí, por llamada y por mensaje de Whatsapp a los siguientes números:
- Llamadas: 4228268 – 4204823
- Whatsapp: 2644823359
Para todas las consultas, tanto presencial como a distancia, es necesario contar con la nomenclatura catastral, la cual puede observarse en las boletas expedidas por la Dirección de Rentas, Municipalidad o Mensura.