Rentas: ¿Cómo pagar una deuda administrativa, judicial a través de la web?
Conocé el instructivo para realizar las tres operaciones a través del sitio web de la Dirección General de Rentas
Desde la Dirección General de Rentas (DGR) recordaron que el pago de una deuda administrativa, deuda judicial o la posibilidad de acceder a un plan de pago también se pueden realizar a través de la página web de la dirección: https://rentas.dgrsj.gob.ar/
Previo a comenzar con los instructivos de cada uno, cabe resaltar que para poder acceder a ellos es necesario loguearse en la página con el usuario y contraseña que se utiliza para ingresar a la plataforma Ciudadano Digital. No obstante, hasta el 31 de marzo de 2023 también se permite el ingreso con la Clave CUR.
Pago de Deuda Administrativa
- Una vez logueado, deberá hacer clic en "Ver Deuda y Pagar".
- Luego de ello, aparecerán las deudas que posee el contribuyente. Desde el ícono de cada impuesto, puede acceder a la composición de la deuda.
- Haciendo clic en "Más Info", puede acceder a los datos de la cuenta y composición de la deuda.
- Luego, seleccione las cuotas a pagar haciendo clic en cada una de ellas.
- Finalmente, haga clic en "Pagar" y luego seleccione la opción de pagos que le permitirá pagar on-line desde la web.
- También, desde la opción "Imprimir" podrá imprimir la boleta y pagarla en Banco San Juan o San Juan Servicios.
Acceder a un Plan de Facilidades de Pago
- Luego de loguearse con Ciudadano Digital, al lado de la opción "Ver Deuda y Pagar", se encuentra la opción "Nuevo Plan". Debe seleccionar "Plan de Pagos".
- Después, seleccione la cuenta que incluirá y haga clic en "Continuar".
- Posteriormente, deberá elegir la cantidad de cuotas: 2 a 5 (sin interés financiero) o 6 a 24 (con interés financiero) y hacer clic en "Continuar".
- El paso siguiente es seleccionar la cantidad de cuotas y clickear en "Continuar".
- Luego, tendrá que cargar los datos del solicitante y confirmar. Finalmente, podrá elegir la opción de pago.
Pago de Deuda Judicial
- Deberá hacer clic en el botón de color amarillo "Con Deuda Judicial", a fin de acceder a la deuda judicial.
- Hay que tener en cuenta que al monto se adicionarán los conceptos de honorarios de abogados y gastos causídicos.
- El resto de la operatoria se realiza del modo descripto en el Plan de Facilidades de Pago de Deuda Administrativa.
- De igual forma, te dejamos el video instructivo sobre cómo realizar las tres operaciones: