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ANSES: cómo cobrar la PNC cuando fallece el beneficiario

En caso del fallecimiento del titular del beneficio, los familiares puedan solicitar el cobro de los haberes pero dependerá de cada caso en particular.

La
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
permite que, en caso del fallecimiento del titular, algún familiar tenga la posibilidad de continuar cobrando la
Pensión No Contributiva (PNC)
. Te explicamos cómo hacer el trámite según cada caso en particular.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que los requisitos varían según cada caso, ya que este tipo de pensiones abarcan diferentes categorías, como la asistencia a madres con siete hijos, personas mayores, honoríficas para veteranos de Guerra de Malvinas, entre otros.

Pensión no Contributiva para Madre de 7 hijos

  • Podrá acceder el cónyuge que no esté divorciado o separado, legamente o de hecho, al momento de la muerte del titular.

Pensión no Contributiva por Vejez

  • Cónyuge no divorciado ni separado o concubino con convivencia comprobada en los cinco años anteriores al fallecimiento. En ambos casos, el solicitante deberá tener más de 70 años y estar incapacitado/a para trabajar.

Pensión honorífica de veterano de la Guerra de Malvinas

  • Cónyuge no divorciado ni separado, o concubino que pueda demostrar la convivencia.
  • Hijos menores de edad al momento del fallecimiento del titular. En este caso, la prestación se brindará hasta que alcancen los 18 años;
  • Padres incapacitados para trabajar y que hayan estado a cargo del beneficiario hasta el día de su fallecimiento, podrán acceder al cobro.

Pensión no Contributiva para ganadores de títulos olímpicos o paraolímpicos

  • Viudos o concubinos que no posean ingresos superiores a cinco jubilaciones mínimas.

No podrán acceder a este beneficio quienes perciban las siguientes prestaciones:

  • Jubilaciones y pensiones
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor
  • Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación Universal por Embarazo (AUE)

ANSES: Qué documentación debo presentar

  • Partida de defunción del titular;
  • Documentación que acredite el vínculo con el titular fallecido;
  • En caso de ser necesario, certificado de discapacidad;
  • DNI del solicitante, original y copia;
  • Formulario PS 6.18 "Solicitud de prestaciones previsionales", donde se marque la prestación solicitada.

En caso de que se trate de una pensión honorífica para veteranos de Guerra de Malvinas:

  • Formulario PS. 6.284 DD.JJ. "Declaración Jurada sobre la Percepción de Prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o Seguridad".

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