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Sanjuaninos se quejan por la exigencia de la RTO: "Que arreglen las calles"

La Revisión Técnica Obligatoria es multa para el conductor que no la tenga.

La población sanjuanina está indignada por la exigencia de la RTO (Revisión Técnica Obligatoria), que debe renovarse todos los años.

Aquel automovilista que sea detenido en un control de tránsito  y no posea la oblea sufrirá una multa $74.200, además podrían rediarle el vehículo.

Muchos conductores, sobre todo remiseros y taxistas se quejan porque "las calles están destrozadas. Exigen la RTO pero no arreglan ni los baches. Después sale caro llevar el auto al mecánico", manifestó el remisero Jorge González. 

Es cierto que la mayoría de las calles del gran San Juan están en mal estado y esto ocasiona la rotura tanto del tren delantero como trasero del vehículo.

En la actualidad, de acuerdo a la ley de tránsito 24.449, deberán exhibir la RTO los vehículos con 3 o más años de antigüedad.

El costo anual para vehículos particulares es de $4.800, mientras que pars camionetas y camiones es de $6.000. Debido a la inflación a fin de año podría aumentar nuevamente.

La provincia cuenta con 4 talleres para la revisión de los rodados. 

DATO IMPORTANTE

Aquel vehículo que no supere la Revisión Técnica Obligatoria, tendrá 60 días para dejarlo en condiciones y volver a realizar la prueba. En ese lapso de tiempo podrá circular con una oblea provisoria. Si ñ vuelve después de la fecha indicada deberá pagar nuevamente el importe correspondiente.

REQUISITOS

- DNI- Licencia de conducir acorde con el vehículo.- Constancia de cobertura de seguro.- Para vehículos con GNC, tenés que presentar habilitación del equipo de gas.
El trámite lo puede realizar cualquier persona presentando Cédula Verde o Cédula Azul y Documento Nacional de Identidad.

QUE SE VERIFICA EN LA REVISIÓN 

Estado general del vehículo y carrocería: Estado, elementos salientes o cortantes, deterioros, guardabarros, paragolpes, defensas reglamentarias, altura, puertas, capot y baúl

• Parabrisas, luneta y cristales laterales, que permitan una visión correcta y sin deformaciones (la transmitancia regular de luz, ni inferior al 70% en el caso de los vidrios que no sean parabrisas). No están permitidas las láminas polarizadas.

• Limpiaparabrisas

• Espejos retrovisores

• Accesorios de seguridad y elementos para emergencias (cinturones, apoya cabeza, extintores o matafuegos, balizas triángulo reflectante, etc.)

• Inspección visual interior y exterior

NORMATIVA VIGENTE EN SJ

El sistema Nacional de Revisión Técnica Obligatoria se encuentra regulado por la Ley 24,449 en su artículo 34 y su correspondiente reglamentación, artículo 34 inciso 1 del Anexo I del Decreto No 779/1995, modificado por el artículo 39 del Anexo I del Decreto 1716.

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