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PASO: ¿Cuáles son los documentos válidos para votar?

Para poder votar, hay que verificar la identidad con la documentación habilitada. Qué pasa si perdiste el DNI.

Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) serán el próximo 13 de agosto. En esta instancia, de participación obligatoria para todos los electores habilitados, se definirán cuáles son las coaliciones políticas y las listas de candidatos que podrán presentarse en las elecciones generales del 22 de octubre.

En las elecciones 2023, Argentina vota presidente, vicepresidente, 43 representantes del Parlasur, 130 diputados y 24 senadores para el Congreso de la Nación. Hay jurisdicciones que, además, votarán en las mismas fechas cargos locales. Es el caso de CABA, la provincia de Buenos Aires, Entre Ríos, Catamarca y Santa Cruz.

Para votar, es condición necesaria figurar en el padrón electoral y acreditar la identidad en el momento del sufragio. La documentación cívica del elector es solicitada por las autoridades de mesa, que deben corroborar la identidad de la persona antes de que esta emita su voto. Sin la documentación requerida, no se puede votar.

¿Cuáles son los documentos válidos para votar en las PASO 2023?

La Cámara Nacional Electoral difundió cuáles son los documentos válidos para votar:

  • Libreta de enrolamiento/libreta cívica
  • DNI libreta verde
  • DNI libreta celeste
  • Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda "No válido para votar".
  • DNI tarjeta

Estos son los documentos v&lidos para votar en las PASO 2023Estos son los documentos válidos para votar en las PASO 2023

El ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón. No se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral ni de aquellos que presenten el "DNI en su celular".

¿Se puede votar en las PASO 2023 con una constancia de DNI en trámite?

No. No se considera probatorio de la identidad ningún comprobante de documento en trámite.

¿Qué pasa si no voto en las PASO 2023?

De acuerdo al artículo 125 de "faltas electorales" del Código Nacional Electoral, quienes no voten en las PASO 2023 deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días. En caso de no hacerlo, deberán pagar una multa que va desde los $50 a $500 para los mayores de 18 años y menores de 70 años.

En caso de no abonar a multa, el ciudadano será incorporado al Registro Nacional de Infractores al Deber Votar, lo que implica que no podrá hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

El elector debe presentar su documento c&vico habilitado para poder votar en las PASO 2023 (Maximiliano Luna)El elector debe presentar su documento cívico habilitado para poder votar en las PASO 2023 (Maximiliano Luna)

¿Qué pasa si me robaron o perdí el DNI?

Según la Cámara Nacional Electoral, si perdiste o te robaron el DNI no podrás emitir su voto, ya que no tendrás el documento con el cual corresponde acreditar tu identidad ante la autoridad de mesa y los fiscales. Por ello, tendrás que justificar su ausencia de los comicios dentro de los 60 días ante el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.

Allí deberá presentar la denuncia policial que da cuenta de su justificación. Una vez dentro del sitio web, deberá adjuntar número de DNI, género y distrito.

¿Quiénes no están obligados a votar en las PASO pero deben justificar su ausencia?

Si bien el voto en Argentina es obligatorio para las personas mayores de 18 años y menores de 70, hay otras excepciones que deben justificarse ante la Justicia Electoral. Estas son:

  • Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;
  • Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares (los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente);
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con 10 días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

El voto para mayores de 70 a&os no es obligatorio e las PASO 2023 (Maximiliano Luna)El voto para mayores de 70 años no es obligatorio e las PASO 2023 (Maximiliano Luna)

¿Cómo justificar la ausencia en las PASO 2023?

Para justificar la ausencia en las PASO 2023, quienes no participen de los comicios deberán justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la misma ante la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito, en la Cámara Nacional Electoral o ingresando en el sitio web  de infractores

En esta última opción se debe ingresar datos personales y un código de validación. Luego, presionar "solicitar justificación" para ser derivado a un menú de posibles motivos. Una vez ingresado al repertorio, seleccionar la justificación correspondiente y, por último, adjuntar el certificado que acredite su ausencia.

El certificado debe ser presentado dentro de los 60 días posteriores a las elecciones ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda. De no ser justificado, además de la multa, la persona no podrá ser designada para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

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