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El Gobierno aprobó un protocolo para abordar el embarazo adolescente

El Ministerio de Salud de la Nación aprobó una "hoja de ruta" para tratar los casos de embarazo de niñas y adolescentes menores de 15 años.

La resolución 1841/2020 fue publicada este jueves en el Boletín Oficial, y establece un protocolo ante la detección de menores de edad que estén cursando un embarazo, donde se plantean los pasos a seguir ante situaciones que impliquen el consentimiento de continuar con la gestación, o bien la niña o adolescente haya sido víctima de un delito sexual y desee interrumpirlo.

El texto fue elaborado junto a Unicef y planta posición ante los casos de violación o abuso sexual, que si bien da la opción de tomar en consideración el deseo de la menor afectada a seguir con el proceso gestacional, define que "la falta de respuesta institucional a los embarazos forzados" se trata de una forma de "violencia institucional" que "incumplen las garantías de derechos consagrados por la legislación nacional".

La normativa apunta a que las instituciones de salud ofrezcan toda la información necesaria para que las menores puedan decidir, y resalta: "se incumple cuando no se ofrece la posibilidad de Interrupción Legal del Embarazo y se actúa como si no hubiera otra posibilidad".

En sus considerandos, la resolución fundamenta el documento al señalar que el embarazo o parto en adolescentes, de menores de 15 años, al igual que la "violencia sexual como su potencial causa", se tratan de "problemas de salud pública y de derechos humanos que generan graves consecuencias biológicas, psíquicas y sociales".

Además, manifiesta que "la maternidad en la adolescencia temprana tiene un impacto negativo en la salud mental y compromete las etapas posteriores del ciclo vital".

El Ministerio de Salud considera que se requiere hacer una diferencia sociosanitaria entre los adolescentes en dos períodos: la adolescencia temprana, que va desde los 10 a los 14 años, y la adolescencia tardía, de los 15 a los 19 años. Esto apunta a contener al primer grupo, que suele afrontar embarazos que son resultado de "muy bajo poder de decisión y se dan en circunstancias fuera del control o de la comprensión" de los menores involucrados.

Unicef marca que los embarazos durante la adolescencia temprana ocurren, más frecuentemente, en situaciones de "abuso y coerción", por lo que se trata de "embarazos y maternidades infantiles forzadas". Además, este grupo es "más vulnerables a la contaminación por agentes de Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), a la Enfermedad Inflamatoria Pélvica y al VIH; esto se debe a motivos sociales y biológicos".

El documento está dirigido para los equipos de salud, funcionarios, docentes y quienes estén en contacto con esta población y que puedan brindar una asistencia atenta, respetuosa y libre de prejuicios, con el fin de garantizar los derechos sexuales y derechos reproductivos de los menores de edad con la información necesaria.

Los cuatro pasos ante la detección de un embarazo adolescent

1- Detección del embarazo

  • Atención integral • Evaluación red de contención de niña y adolescente (NyA) • Articulación 1er nivel. Nivel de referencia • Indagación abuso sexual • Examen clínico e ITS
  • a) Ante un embarazo producto de un abuso sexual
  • Comunicación a organismo protector NNyA • Denuncia en fiscalía y/o comisaría especializada • Se acuerda con forma y contenido de la denuncia y la comunicación • Medidas protectoras para evitar revictimización (por ej. Internación)
  • b) Embarazo producto de una relación consentida

Incorporar al varón durante el control prenatal en: • Consejería de salud sexual • Control clínico y serológico para ITS (incluido VIH), grupo sanguíneo y factor RH

2- Consejería en derechos

Transparencia informativa activa: Informar sobre ILE, continuidad de embarazo, maternaje y adopción

  • a) Ante la aplicación de ILE
  • No intervención policial o judicial • Consentimiento informado de NyA • Acompañamiento de confianza para NyA, para procedimiento ambulatorio o internación • Sospecha de violación: Internación para preservar muestras de tejido para estudio de ADN.
  • b) Continúa embarazo

CONTROL PRENATAL

  • Atención interdisciplinaria • Alto riesgo obstétrico-psico-social • Inclusión del varón en CPN (con consentimiento de NyA) y consejería en MAC

ATENCIÓN DEL PARTO

  • Acompañamiento persona de confianza en el parto • Respeto decisión de NyA de acercarse al RN y amamantar. Se trabajan las opciones de adopción y crianza.

3- Consejería y anticoncepción inmediata posevento obstétrico (AIPE)

  • Reforzar consejería e implementación inmediata, atendiendo a la decisión y situación particular de cada niña/adolescente. • Seguimiento para adopción/adherencia a MAC se realiza en el primer nivel de atención.

4- Seguimiento integral

  • Articulación con educación • Continuidad tratamiento a situaciones de violencia • Seguimiento psico-social • Fortalecimiento de su autonomía en el ejercicio de sus derechos sexuales • En caso de adolescentes que decidieron ser madres/padres, fortalecimiento de sus derechos para ejercer la ma/paternidad.

(Fuente: Minuto Uno)

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