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Compre sin IVA

Compre sin IVA: un grupo de personas no podrá acceder más al beneficio

Las personas que hasta el momento podían acceder a la devolución del IVA deben conocer que una nueva normativa podría quitarles esa posibilidad.

Son muchas las personas que todavía se preguntan cómo saber si son beneficiarias del programa "Compre sin IVA", de qué manera se lleva a cabo el reintegro y por qué no les hicieron la devolución correspondiente. Además, aunque las condiciones se establecieron hace algunas semanas, en los últimos días se implementó una medida clave que sacará de la lista a un montón de favorecidos.

Desde que entró en vigencia, una gran cantidad de interesados se dirigió a los comercios minoristas y mayoristas de confianza para recibir el reembolso. Este tiene un tope máximo de $18.800 por mes, el cual se efectúa automáticamente en la tarjeta de débito usada.

Hasta el momento, el proyecto contemplaba a millones de ciudadanos, con excepción de los obligados a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única, y de los trabajadores autónomos. Ahora, sin embargo, se sumó un grupo más.

Qué personas ya no podrán acceder al programa de devolución del IVA


Los trabajadores informales que se hayan inscripto en la página oficial de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) para cobrar el bono de $94.000, perderán la posibilidad del reintegro del IVA. Cabe aclarar que el pasado lunes 9 de octubre comenzó el pago de la primera de las dos cuotas, es decir, de los $47.000 que corresponden al mes corriente.

El refuerzo también es llamado "nuevo IFE", ya que se parece mucho al dinero extra otorgado por el Gobierno durante la pandemia por la Covid-19. La segunda parte se abonará en noviembre y, al igual que en octubre, el cobro se llevará a cabo en días separados y según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI).

Esta prestación de la ANSES alcanza a dos millones de personas que tienen entre 18 y 64 años, quienes no cuentan con ingresos registrados y tampoco de asistencia económica del Estado. No obstante, aunque asistan a los negocios habilitados, adquieran productos de la canasta básica y paguen con su tarjeta de débito, de ahora en más no recibirán la devolución.

Quiénes pueden recibir la devolución del IVA por comprar en comercios


-Trabajadores en relación de dependencia (siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
-Monotributistas (excepto que obtengan ingresos provenientes de cargos públicos, trabajos ejecutados en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones o retiros, el ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades, prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad, y locación de bienes muebles o inmuebles).
-Personal de casas particulares.
-Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales, y beneficiarios de asignaciones universales por hijo (siempre y cuando el monto mensual de estos ingresos no supere la suma de seis haberes mínimos garantizados).
-Beneficiarios de asignaciones por embarazo.

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