Elecciones 2023: cuál es la diferencia entre el voto en blanco, impugnado y nulo
Uno por uno los mitos y verdades sobre los diferentes vo diferentes votos.
Según el Código Nacional Electoral, existen tres formas de votar en las elecciones: el voto afirmativo o en blanco, el voto nulo y el voto impugnado. Sin embargo, a días de las elecciones suelen sembrarse dudas con respecto a la manera en que se contabiliza cada voto.
Cabe destacar que para este proceso electoral, los votos en blanco sí se contabilizarán como parte del total sobre el que se calculan los porcentajes de cada partido, algo que no sucede en las generales. Esto es fundamental, considerando que los candidatos deberán superar un piso del 1,5% de los votos válidos emitidos, es decir, la suma entre los afirmativos y los blancos.
En cambio, el voto nulo y el voto impugnado no se contabilizan en ninguno de los dos procesos electorales. Sin embargo, es momento de desterrar una de las confusiones que abundan en cada elección: el común de la gente suele decirle "voto impugnado" al voto nulo, por lo que explicaremos cómo funciona cada uno y qué valor tienen en la elección.
Qué pasa si voto en blanco
Este tipo de sufragio es un voto tan válido como el afirmativo. Se pone en práctica cuando el votante elige entregar un sobre vacío sin colocar la boleta de algún candidato. En el caso de las elecciones en las que se vota con boleta electrónica, la misma pantalla presentará una opción que permite votar en blanco.
El porcentaje del voto en blanco incide únicamente en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), por lo que son contabilizados en el total de los votos. No funciona de la misma manera en las elecciones generales del 19 de noviembre, en las que solo los votos que contengan alguna boleta formarán parte de total.
A quién beneficia el voto en blanco
El voto en blanco no beneficia a ningún candidato. El sobre vacío cuenta como voto válido pero no como afirmativo, porque no tiene una boleta oficial de algún partido. O sea que la única influencia que tiene el voto en blanco es en cuanto al porcentaje total de votos.
La diferencia es que en las PASO, los votos en blanco se suman al total de los votos afirmativos, por lo que en parte determinan el número de votos que las listas deben conseguir para superar el piso de 1,5% de votos del padrón total, necesario para pasar a las elecciones generales.
Cuando el voto es nulo
Este tipo de sufragio, que en el común popular se suele llamar equivocadamente "voto impugnado", no forma parte del porcentaje total de los votos. Cuando los fiscales de mesa consideran que un voto es nulo, lo anotan en el acta como un voto recurrido y no lo computan. Luego se analiza en el escrutinio definitivo y se determina si es válido o nulo. Esto puede darse por distintos motivos.
Cuando el sobre tiene boletas de distintas agrupaciones políticas para un mismo cargo. En este caso se considera nula la categoría que se encuentra superpuesta.
Cuando la boleta está tachada, escrita o rota y no se lee el nombre y número de la agrupación política y la categoría a elegir. Si la boleta oficializada incluida en el sobre contiene inscripciones en la parte superior de la boleta, el voto es nulo. Si la boleta oficializada contiene inscripciones fuera de la parte superior, las únicas inscripciones que mantienen el voto como válido son los agregados y tachas de candidatos/as.
Que el voto haya sido emitido mediante una boleta no oficializada, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier naturaleza.
No se considera boleta oficializada a la que corresponda a una elección anterior, o a otro distrito electoral.
Cuando en el sobre hay objetos extraños. Esto es, cualquier cosa distinta de las expresamente previstas por el Código Nacional Electoral para que un voto encuadre dentro de la categoría nulo o blanco.
Voto impugnado
Esta situación tiene como principal protagonistas a los presidentes de mesa y sucede en los momentos previos al sufragio. Es un procedimiento que se da cuando las autoridades dudan de la identidad del elector, que deberá votar en un sobre especial, junto con un formulario donde consta el nombre, apellido, número y clase de documento, año de nacimiento y la impresión del dedo pulgar.
En el momento de realizar el escrutinio definitivo, la Junta Electoral Nacional deberá comparar la impresión digital y demás datos, informar sobre la identidad del votante y determinar si el voto es válido o nulo.