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Medidas

¿Dejan de ser obligatorios el seguro y la RTO para circular?: qué dice el DNU de Milei

En el apartado referido a la documentación obligatoria y exigible para conducir un vehículo, el DNU presidencial solo enumera la cédula de identificación, la licencia de conducir y el comprobante del pago de patente. 

Este jueves, entró en vigencia el DNU del presidente Javier Milei, publicado hoy en el Boletín Oficial, que consta de 366 artículos que apuntan a desregular la economía y la intervención del Estado. Entre tantas modificaciones, una tiene que ver con la documentación que se exigirá obligatoriamente para conducir un vehículo en todo el territorio nacional.

"Libertad de circulación: Se establece que la cédula de identificación, la licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con un automotor", establece en uno de sus artículos el Decreto de Necesidad y Urgencia.

Además, establece que "las autoridades provinciales no podrán establecer otros requisitos", por lo que le quita facultades a cualquier normativa de tránsito provincial u ordenanza municipal que contradiga la norma nacional.

Dentro de lo escueto de las precisiones sobre los documentos obligatorios, brillan por su ausencia la RTO y la póliza de seguro que, hasta ayer a las 23:59, eran obligatorias en todo el país.

¿QUÉ OCURRIRÁ CON EL SEGURO DE AUTO Y LA RTO LUEGO DEL DNU DE MILEI?

En ese sentido, el DNU es por demás claro y contundente: la oblea que certifique haber aprobado la RTO y la póliza de seguro dejan de ser obligatorias para los conductores, por lo que la circulación sin estos requisitos ya no constituye una falta.

Además, en cuanto a los papeles obligatorios -cédula de identificación, licencia de conducir y comprobante de pago de patente- se establece que "será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial".

Aún resta la aprobación -o no- del DNU en el Congreso de la Nación. No obstante, hasta tanto no se trate en las dos cámaras, al ya estar publicado, el DNU y todas sus modificaciones se encuentra vigente. Por lo que, hasta nuevo aviso, estos cambios referidos a la documentación obligatoria para circular en vehículo se mantienen.

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