7 °C San Juan
Miércoles 18 de Septiembre, 2024
 
Para ver esta nota en internet ingrese a: https://www.delsurdiario.com/a/29702
Boletín Oficial

Es oficial el bono de $55 mil para los jubilados: todos los detalles

El bono para quienes perciben más de un haber mínimo será equivalente al monto necesario para completar un ingreso de 160.712 pesos en enero.

El gobierno de Javier Milei oficializó este martes el otorgamiento de un bono de "ayuda económica previsional" de 55 mil pesos para los jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo.

Así quedó plasmado en el Decreto 116/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del propio Milei; el jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

El bono está destinado a "aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $105.712,61 la ayuda será equivalente a $55.000" y para "aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al monto de $105.712,61 la ayuda será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $160.712,61".

Es decir que quienes perciban más de un haber mínimo percibirán un bono equivalente a la diferencia para completar un ingreso de 160.712 pesos, que es el equivalente a un haber mínimo más los 55 mil pesos del bono.

En el decreto se aclara que regirá para "las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Anses, que son otorgadas en virtud de la Ley 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05".

La medida alcanza además a "las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias; a las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables".


 

Últimas noticias

Ver más noticias