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Medida

Desregulación de las obras sociales: cuándo regirá y como funcionará

A la espera de la oficialización de la medida en el Boletín Oficial, los beneficiarios podrán optar libremente entre una obra social o empresa de medicina prepaga.

El Gobierno nacional comenzará a aplicar la medida de desregularización de las obras sociales y empresas de medicina prepaga a partir de abril del año 2024, por medio de la promulgación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 impulsado por el presidente Javier Milei, con un nuevo marco normativo que consistirá en la elección de servicios de salud.

Se anunció que el próximo lunes 19 de febrero sea detallado en el Boletín Oficial, a la espera de que el proceso de cambio impacte de manera positiva en más de 14 millones de trabajadores, con su funcionamiento en el primer día del segundo mes siguiente a la oficialización con el objetivo de una óptima adecuación a la norma.

De esta manera, los beneficiados serían los trabajadores relación de dependencia que integran el sector público y privado, además de los sindicalizados, los monotributistas, las empleadas domésticas y a los empleados que integran el considerado "sistema general".

Desde la Superintendencia de Servicios de Salud detallaron a la prensa que la medida buscará "garantizar una transición fluida y eficiente hacia el nuevo sistema", con la incorporación de las empresas de medicina prepaga dentro del régimen de las obras sociales.

Además, desde el organismo estatal señalaron que permitirá a los usuarios "una mayor libertad y control sobre su atención médica", promoviendo la "competencia" para buscar una "mejor calidad en el sistema de salud".

DNU de Javier Milei: así será la medida de desregulación de las Obras Sociales

•Los beneficiarios podrán elegir libremente entre obras sociales y prepagas.

•Aquellas personas no contarán con la obligación de permanecer durante un año en la obra social luego de ingresar a un nuevo empleo.

•Los beneficiarios podrán elegir una obra social o prepaga al comenzar un nuevo empleo, sin intermediación alguna, con el derecho de libre elección una vez al año.

•A su vez, las empresas de medicina prepaga que integren el Registro Nacional de agentes del Seguro (RENA) estarán obligadas a aportar al Fondo Solidario de Redistribución de la cuota percibida, el cual se estima un 20% del total.

•Las obras sociales que integren el RENA serán las que garanticen actualmente la prestación del Programa Médico Obligatorio (P.M.O).

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