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Atención fumadores

Las multas por fumar en espacios públicos podrán ser de casi $100.000

A pesar de que la infracción es considerada como una falta leve, el Código de Convivencia de la Ciudad establece multas elevadas.

Fumadores en la mira.

Tras la medida tomada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Mendoza en la que prohibió fumar en espacios públicos mediante la modificación del Código de Convivencia, te contamos de cuánto serán las multas que deberán abonar los infractores. La medida está centrada en restringir las acciones de los fumadores en áreas como plazas, paseos, parques, y frente a instituciones educativas, entre otros.

Esta decisión fue tomada solo en la vecina provincia, pero ahora habrá que ver si San Juan y otras provincias adoptan la misma medida.

La modificación del artículo 49° de la Ordenanza 3877/2014, señala que "Fumar o sostener tabaco encendido, cigarrillos electrónicos u otros sistemas de vapulación electrónica, en las plazas, parques, paseos públicos, en que haya áreas de juego para niños y niñas areneros y lugares con circuitos aeróbicos y/o sectores para la práctica de deportes y recreación infantil, así como en veredas de establecimientos de atención e internación de niños y adultos y en las de hogares para ancianos las 24 horas y veredas de centros de enseñanza de cualquier nivel inclusive instituciones donde se realicen prácticas docentes en cualquiera de sus formas mientras permanezcan abiertos, delimitados por el Departamento Ejecutivo Municipal como espacios públicos "libres de humo"".

Para su implementación, el Municipio además de colocar carteles informativos en los lugares designados como libres de humo y trabajar en coordinación con las autoridades educativas para concientizar a los padres y cuidadores sobre esta normativa, también implementará multas. El personal de seguridad ciudadana estará encargado de hacer cumplir la medida, advirtiendo a los ciudadanos y ciudadanas que el incumplimiento será sancionado de acuerdo al Código de Convivencia vigente.

El artículo 50° del Código de Convivencia es el que establece que la infracción en relación a esta conducta es considerada como una falta leve. Sin embargo, el monto que podría suponerse menor para una infracción leve, es bastante elevado. 

Las infracciones consideradas leves, como puede ser fumar en un espacio público libre de humo, van desde las 500 a las 2.000 Unidades Tributarias Municipales (UTM). De acuerdo a la tarifaria vigente de la Ciudad de Mendoza, el valor de la UTM es de $48. Por lo tanto, fumar en los espacios en los que ahora está prohibido puede implicar una multa de entre $24.000 a $96.000.

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