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Economía

Jubilación mínima de julio: de cuánto será la suba de haberes con la inflación de mayo

El incremento en el índice de precios minorista que se conoció este jueves se replicará en el aumento de las jubilaciones a percibir desde el mes próximo.

A partir de julio, los haberes jubilatorios –y las asignaciones vinculadas con el actual esquema de movilidad—aumentarán en función directa del dato de inflación de dos meses anteriores. El incremento en el índice de precios minorista que se conoció este jueves, que se ubicó en 4,2 por ciento, se replicará en el aumento de las jubilaciones a percibir desde el mes próximo.

De esta forma, el haber mínimo, sin tomar en cuenta el bono o adicional entregado hasta la fecha, se ubicará en 215.622,20 pesos, que es el resultado de la inflación sobre la mínima de junio, que se había ubicado –sin contar con el refuerzo—en los 206.931,10 pesos.

El gobierno de Javier Milei modificó la fórmula de movilidad jubilatoria, que comenzará a ser actualizada en julio próximo por la inflación y no por la combinación entre los aumentos salariales y la recaudación de la ANSES, como ocurría hasta ahora. A través del Decreto 274, dictado por el Presidente, en acuerdo de ministros, las jubilaciones serán actualizadas todos los meses de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el INDEC.

Con este nuevo esquema, los haberes se ajustarán por inflación. La medida dispone que, a partir de julio, los aumentos de cada mes se calcularán según el último dato de inflación disponible (de dos meses anteriores: por ejemplo, para abril se consideró la inflación de febrero). Los cambios comenzarán a aplicarse de forma plena con los haberes cobrados en julio (con la utilización del IPC de mayo).

Entre abril y junio el Gobierno dispuso otorgar los aumentos por inflación más una compensación del 12,5 por ciento inicial para incorporar parte de la inflación de enero (que fue del 20,6 por ciento). Sin embargo, en junio se pagó el aumento que resultare mayor entre el acumulado por inflación del trimestre hasta en abril y lo que correspondiera por la fórmula aprobada en marzo de 2021.  

El nuevo cálculo no contempla una compensación por la pérdida del poder adquisitivo que sufrieron los haberes durante la aplicación de las dos fórmulas anteriores, que aumentaron los haberes por debajo de la inflación.

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