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Prestaciones

Cambio en el calendario de pagos: este plan no cobrará en junio

ANSES dio a conocer una importante noticia que afecta a los desempleados. Un grupo cobrará después de junio

Por los feriados y el fin de semana largo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) realizó cambios en el calendario de pagos. Por las modificaciones, un grupo de beneficiarios de la Prestación por Desempleo cobrará en junio.

La fecha de pago dependerá del número de documento. Si bien el calendario de pago comienza en junio, algunas terminaciones de DNI cobrarán el 1 o 2 de julio. 

En paralelo, el organismo previsional planifica los próximos aumentos para los jubilados, pensionados y cambios en las actualizaciones para la Asignación Universal por Hijo (AUH). 

¿Qué hacer si no recibo el pago en junio?

Si no recibe su pago de la Prestación por Desempleo en junio, no se preocupe. El beneficio se pagará en julio según el nuevo calendario.

¿Cómo era el calendario de pagos de junio?

  • DNI terminados en 0 y 1: 26 de junio
  • DNI terminados en 2 y 3: 27 de junio
  • DNI terminados en 4 y 5: 28 de junio
  • DNI terminados en 6 y 7: 1 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 2 de julio

ANSES: quiénes cobran el bono por la Prestación por Desempleo

Para cobrar este beneficio, hay que cumplir los requisitos establecidos por ANSES y pertenecer a uno de los siguientes grupos:

  • Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año antes de la finalización del trabajo.

El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados con aportes durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores de 45 años reciben el beneficio durante 6 meses adicionales.

Documentos necesarios para cobrar la Prestación por Desempleo

ANSES explicó que los documentos a presentar para cobrar este beneficio destinado a trabajadores desocupados son los siguientes:

  • DNI (original y copia)
  • Documentación que acredite el desempleo (original y copia)
  • Para este último caso, la documentación puede incluir el telegrama de despido, cartas documentos, notas del síndico, otros tipos de telegramas, copia del contrato de trabajo vencido, etc.

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