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AFIP

Recategorización del monotributo: paso a paso y todo lo que tenés que saber

La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses. Cómo se calcula y todo lo que tenés que saber.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la recategorización del monotributo. Lo hizo a través de la Resolución General 5523 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

En resumen, el texto oficial extiende el plazo hasta el 2 de agosto de 2024 para que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) realicen la recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2024.

La norma recuerda que esta medida se toma debido a la modificación de los valores de los parámetros de ingresos brutos, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados. Asimismo que las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tendrán efecto a partir del 1 de agosto de 2024 y hasta el 31 de enero de 2025.

Puntos importantes de la Resolución

  • La recategorización en el RS es obligatoria para los pequeños contribuyentes y debe realizarse dos veces al año, en julio y enero.
  • La categoría del contribuyente determina el monto de las obligaciones fiscales que debe cumplir.
  • Para realizar la recategorización, los contribuyentes deben ingresar al sitio web de la AFIP con su Clave Fiscal.

AFIP: cuándo y cómo se puede hacer la recategorización

La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web de la AFIP.
Pasos para recategorizarse:

  1. Acceder al Portal Monotributo: Ingresar con la clave fiscal. Si no se posee una clave fiscal o se ha perdido, es necesario gestionarla nuevamente.
  2. Ingresar a la opción recategorización: Detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
  3. Imprimir la nueva credencial de pago: Una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible.

Es importante tener en cuenta que el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.

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