Caso Loan Danilo Peña: reinstalaron el secreto de sumario
Tras la extensa declaración del excomisario Walter Maciel, la jueza decretar el secreto por 10 días y sin que se conociera el contenido de dos indagatorias.
A más de un mes de la desaparición de Loan Danilo Peña en Corrientes y la falta de pistas orientadoras que esclarezcan los hechos, esta semana las expectativas estaban puestas en las declaraciones de los implicados en la causa. Pero lejos de brindar datos que apunten al paradero del nene de cinco años, crecen las dudas y las contradicciones.
Este viernes, luego de la indagatoria más larga a uno de los ocho imputados de la desaparición de Loan, la jueza federal decidió volver a imponer el secreto de sumario en la investigación.
"Decretar el secreto de sumario en la presente causa por el término de diez días, en orden a lo dispuesto en el artículo 204 segundo párrafo, última parte, del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN) y por las razones dadas en los considerandos", dice el documento de cuatro páginas que lleva la firma de la jueza Cristina Pozzer Penzo, titular del juzgado federal de Goya.
Según publicó La Nación, entre los considerandos que expone detalla que "en la presente causa el 15 de julio de 2024 tuve por asumida la instrucción, y habitada feria judicial para el tratamiento de las cuestiones que no admiten demora, y dispuse la citación a indagatoria de los imputados Laudelina Peña, Victoria Caillava, Carlos Guido Pérez, Daniel Oscar Ramírez, Bernardino Antonio Benítez y por último a Walter Adrián Maciel".
"Así las cosas, y de la multiplicidad de elementos probatorios incorporados a la causa, y al haber aparecido elementos suficientes para sospechar que existiría otra persona imputada quien sería Francisco Amado Méndez, quién habría participado en la comisión de los delitos investigados en la presente causa", sigue explicando el texto que luego cita la resolución N° 419 del 17 de julio de 2024 en la que se ordenó la detención de este último, la que se hizo efectiva el mismo día.
"En este sentido, respecto a la aparición de otro imputado, y a fin de realizar actos procesales urgentes, considero oportuno decretarse la reserva de las actuaciones de conformidad a lo dispuesto por el artículo 204 última parte del segundo párrafo del CPPN, que dispone: ‘La reserva no podrá durar más de diez días y será decretada solo una vez, a menos que la gravedad del hecho o la dificultad de la investigación exijan que aquella sea prolongada hasta por otro tanto".
La magistrada agregó que "podrá decretarse nuevamente si aparecieren otros imputados.…’. Por todo ello y a fin de practicar diversas diligencias procesales con carácter de urgente, cuya publicidad pondrían en peligro el éxito de la investigación, por lo que, de conformidad con lo que dispone el artículo 204, segundo párrafo última parte, correspondería decretar el secreto de sumario en la presente causa".