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San Juan adhirió al decreto nacional y Energía San Juan no podrá cortar la luz

Finalmente, el Gobierno de San Juan adhirió al decreto de Alberto Fernández y Energía San Juan no podrá cortar la luz por 180 días.

La medida fue tomada en el contexto de crisis mundial por la pandemia del coronavirus y desde la empresa de energía eléctrica habían salido a decir que cortarían el servicio a los deudores. Sin embargo, horas más tarde llegó la adhesión de la provincia y así, los sectores más vulnerables de San Juan no se quedarán sin el servicio esencial.

De todas formas, cabe aclarar que el beneficio no alcanza a todo el mundo sino a los que cumplan con los siguientes requisitos:

-Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo

-Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil

-Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social

-Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles

-Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil

-Usuarios que perciben seguro de desempleo;

-Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N°27.351

-Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (26.844)

-Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

-Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), conforme lo dispuesto por la Ley N° 25.300 afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación

-Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Economía Social (INAES) afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación

-Instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia, según lo establezca la reglamentación

-Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

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