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Se complica la situación para 16 sanjuaninos que violaron el aislamiento para hacer un rito umbanda

Un grupo de 16 sanjuaninos que están imputados por violar el aislamiento en plena Fase 1 está cada vez más complicado.

Se trata de un hecho que ocurrió en agosto de 2020, en Rivadavia,  cuando la provincia atravesaba por su momento más duro y se había regresado a Fase 1. Estas personas, se reunieron violando las normas sanitarias, para realizar un rito umbanda.

La Justicia de primera instancia inició una causa contra quienes participaron del ritual y ellos apelaron a la Corte de Justicia de San Juan alegando "inconstitucionalidad".

Sin embargo, la Sala Segunda de la Corte, integrada por Adriana García Nieto, Guillermo de Sanctis y Marcelo Lima, rechazó el planteo de los umbandistas y avaló todo lo actuado hasta el momento.

La defensa de los imputados pretendía que se vieran beneficiados por la Suspensión del Juicio a Prueba pero la política criminal fijada en ese momento establecía "llevar a juicio este tipo de hechos".

"La oposición fiscal -fundada en la situación de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio imperante en la ocasión, según lo decretara y dispusiera la autoridad Nacional y Provincial, en virtud de la pandemia de Covid 19- poniendo foco en el riesgo para la vida y salud de la población, utilizando como herramienta de política criminal el desaliento de un cierto tipo de conductas (prohibición de reuniones), con riesgo potencial de contagio, para evitar la propagación del virus-, resulta juiciosa y enmarcada dentro de los lineamientos de una respetable razonabilidad, frente a los intereses que enarbola el órgano titular de la acción penal", alegó la Corte en su escrito.

Así, la Sala Segunda de la Corte de Justicia resolvió "no hacer lugar a los recursos de casación e inconstitucionalidad interpuestos por la defensa técnica a favor de los imputados". También confirmó "todo lo actuado a los fines de la pertinente prosecución procesal". Y ordenó "que se remitan las actuaciones a la instancia inferior a los efectos correspondientes".

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