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Atención: cambian la fecha de pago del bono de $10 mil

La ANSES resolvió postergar el pago del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que está destinado a atenuar el impacto de la cuarentena decretada el 20 de marzo ante la pandemia del coronavirus. La decisión del organismo se dio para evitar la aglomeración de personas en los distinto lugares de cobro. De esta forma, en vez de comenzar el 15 de abril, el cronograma de pagos se iniciará el viernes 17.

Este sábado, la ANSES había empezado a informar por número de documento quiénes reunieron los requisitos para acceder al IFE. El cronograma para ingresar los datos será escalonado, según la terminación del número de DNI, por lo que este sábado el sistema estuvo habilitado para los terminados en 0 y 1.

Este domingo podrán revisar los finalizados en 2 y 3; el lunes en 4 y 5; el martes en 6 y 7 y el miércoles en 8 y 9. Si la solicitud fue rechazada, el ciudadano podrá revisar desde el sitio oficial cuáles son los motivos así como también iniciar un reclamo.

En caso de obtener la aprobación definitiva, el beneficiario deberá dirigirse a la web del organismo y desde la opción "Ingreso Familiar de Emergencia" deberá colocar la clave de Seguridad Social y seguir las instrucciones para anotar su número de CBU.

Las personas que prefieran cobrar por otros medios de pago, podrán elegirlos a partir del jueves 16, para lo cual también tendrán que ingresar a la web del organismo, que brindará una serie de instrucciones para concretar el trámite.

Quienes no puedan llegar a inscribirse con CBU en la primera fase de inscripciones del 11 al 15 de abril, podrán hacerlo en la fase de inscripción para los beneficiarios no bancarizados, de acuerdo con la información oficial.

El organismo abrirá una instancia para volver a considerar aquellos casos que no fueron aprobados por haberse producido cambios no informados al organismo en la situación laboral o familiar de esas personas o, también, por falta de datos.

A su vez, es necesario ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años, tener entre 18 y 65 años y, como titular o grupo familiar no tener ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado, ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos, entre otros puntos.

(Fuente: Infobae)

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