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Lo confirmó la Cámara de Diputados: no te pueden subir el alquiler en la cuarentena

En la Primera Sesión del período ordinario, que había pasado a cuarto intermedio tras la presentación del Mensaje Anual del Gobernador, la Cámara de Diputados de San Juan ratificó la Ley N° 2040-A de Necesidad y Urgencia remitida por el Poder Ejecutivo. Por esa norma, San Juan adhiere al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia (DECNU-2020-320-APN-PTE (Alquileres) por el cual se dicta en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la Ley N° 27.541.

Allí está contemplada la suspensión de los desalojos, la prórroga de los contratos, el congelamiento de los precios de alquileres hasta el 30 de septiembre del corriente. La subsistencia de fianza, las deudas por diferencia de precios que deberán ser abonadas como mínimo en tres cuotas y como máximo en seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas con vencimiento la primera de ellas, en la misma fecha del vencimiento del canon locativo que contractualmente corresponda al mes de octubre del año 2020.

Sostiene además que los procesos judiciales que se inicien en la provincia por la aplicación del Decreto detallado en el artículo anterior van a tramitar por el procedimiento de mediación obligatoria que rija en la provincia al momento del inicio de la acción judicial o en su defecto conforme lo establecido en la ley 780-P, artículo 12 inciso b).

(Fuente: Prensa Legislatura)

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