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Ordenaron indemnizar a un hombre por no ser el padre biológico de su hija

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De acuerdo con el relato de EAJ, la madre de la niña le dio a entender que era hija de ambos y por eso la reconoció como propia, pero un examen de ADN realizado en el marco de una primera instancia judicial reveló que no hay relación de sangre entre el hombre y la menor.

Así fue como una jueza de Familia subrogante excluyó a EAJ de la paternidad biológica y de los deberes que conlleva, pero no le reconoció el daño extrapatrimonial (es decir, moral) y el consiguiente pago de $ 20.000 que pedía en concepto de indemnización por el dolor sufrido.

El reclamo tampoco obtuvo el aval en segunda instancia porque los jueces de la Cámara entendieron que la madre había planteado sus dudas sobre la paternidad de su pareja antes de anotarla en el Registro Civil, por lo que el hombre recurrió al Supremo Tribunal.

Durante la revisión del caso se tuvo en cuenta el derecho de la menor a conocer su verdadera identidad, que incluye saber quiénes son sus progenitores.

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