Conmebol multó a River por los gestos racistas
El artículo 9 se refiere a la responsabilidad de los clubes por el comportamiento de los jugadores y los aficionados durante los preparativos, la organización y el desarrollo de los encuentros internacionales que se enmarcan en las competencias de la Conmebol, mientras que el 17 alude a la sanción por actos discriminatorios de cualquier tipo, ya sea por motivos de color de piel, raza, sexo y orientación sexual, etnia, idioma, credo u origen.