Las criptomonedas no vienen con pase libre para ARCA. Si hay ganancias, patrimonio o movimientos grandes, el fisco quiere ver la película entera y no solo el final.
La contadora especializada Aldana Fernández explicó que hoy ya rigen impuestos como Bienes Personales y Ganancias, según el tipo de operación. Y ojo: tener cripto no borra la obligación de declarar.
En el caso de “holdear”, o sea, guardar las monedas sin venderlas, el tributo aplicable es Bienes Personales. La valuación se toma al costo histórico de compra, no al valor de mercado, algo que cambia bastante el panorama.
Si la operación termina en venta, la ganancia puede quedar alcanzada por el Impuesto Cedular o Ganancias. Fernández recordó que la alícuota es del 15% sobre la ganancia neta y que el origen de los fondos tiene que estar bien justificado.
Ahí aparece la parte menos glamorosa del asunto: guardar comprobantes, registrar operaciones y poder explicar de dónde salió la plata. Porque cuando los pesos caen en la cuenta, ARCA pregunta lo que pregunta cualquiera con olfato: ¿de dónde salió eso?
Además, los exchanges locales ya informan movimientos a partir de ciertos topes. La experta señaló que el régimen alcanza a usuarios con ingresos o egresos totales, o saldo final mensual, igual o superior a $50 millones para personas humanas.
Del otro lado, el CARF todavía no está operativo, pero Argentina se comprometió a empezar el intercambio automático de información a más tardar en septiembre de 2029. Ahí entrarán compras, ventas, swaps, transferencias y hasta pagos grandes con cripto, así que la era del “nadie se entera” parece tener fecha de vencimiento, ¿no?

