La ARCA estiró hasta el 23 de octubre de 2026 el plazo para definir qué contribuyentes quedan como “Pequeño Contribuyente”. Y ojo, porque esa etiqueta no es un detalle menor: puede cambiar las condiciones para meterse en el plan de pagos.
La movida salió por la Resolución General 5902/2026, publicada en el Boletín Oficial. Antes, la caracterización se hacía el anteúltimo día hábil de septiembre, pero esta vez la patearon un poco más adelante.
¿Por qué el cambio? Porque el organismo necesita tener los datos fiscales al día antes de hacer la evaluación. En especial, quiere sumar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2025, que también habían sido prorrogadas.
La definición se hace de manera automática con la información que ya tiene el sistema. Para quedar encuadrado, ARCA debe registrar al contribuyente con el código 547 - Pequeño Contribuyente en el Sistema Registral al momento de adherir al plan.
Además, los ingresos no pueden pasar el tope de la categoría K del Monotributo vigente a diciembre del año anterior. Para quienes tributan Ganancias o Bienes Personales, también hace falta haber presentado la declaración jurada y tener una CUIT activa y sin limitaciones. Así que conviene tener todo en orden, porque después no hay magia ni atajos, ¿vio?

