La Corte Suprema le puso un freno provisorio al artículo 154 del DNU 70/2023, el que había derogado la Ley de Tierras Rurales. La pelota vuelve al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche, que ahora tiene que destrabar el expediente.
La medida queda vigente hasta que el juez defina si quienes impulsaron el amparo están habilitados para seguir con la acción colectiva. También deberá resolver el pedido de cautelar, que quedó picando desde el arranque.
La causa la empujaron la Asociación Civil Árbol de Pie, la exlegisladora rionegrina María Magdalena Odarda y representantes de las comunidades indígenas Lafkenche y Lof FVTA Anecon. Del otro lado, la discusión no es menor: acá se cuestiona si la derogación por decreto toca el derecho a un ambiente sano.
La mayoría de la Corte, con Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, más los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, entendió que los tribunales inferiores dejaron sin respuesta los planteos. Por eso dictó una medida interina para resguardar el acceso a una decisión judicial en tiempo oportuno.
El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia parcial: coincidió en que el caso debe volver a Bariloche, pero rechazó que la Corte dicte una cautelar en esta etapa. Mientras tanto, la derogación de la ley quedó suspendida y el expediente sigue buscando quién le ponga el moño, ¿o todavía no?

