El Ministerio de Salud de la Nación puso en marcha un nuevo esquema para la atención de personas extranjeras que no tengan residencia permanente en la Argentina y necesiten atención en hospitales y centros sanitarios administrados por el Estado nacional.
La medida quedó oficializada con la Resolución 1066/2026, firmada por el ministro Mario Lugones y publicada este martes 11 de agosto. El cambio se apoya en las modificaciones hechas durante 2025 a la Ley de Migraciones.
En criollo: si se trata de una emergencia, nadie puede ser rechazado ni atendido con trabas por su situación migratoria. Ahí el Estado tiene que responder sí o sí, como corresponde ante una urgencia.
Distinto es el caso de las atenciones que no son de emergencia. Para esas situaciones, los extranjeros sin residencia permanente deberán presentar un seguro de salud que cubra la prestación o hacer el pago previo, según las condiciones que fijó el Ministerio de Salud.
Quienes sí tengan residencia permanente seguirán accediendo al sistema público de salud en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos.
Además, la resolución prevé un mecanismo para recuperar los costos de las prestaciones brindadas bajo este régimen. Según el texto, habrá dos caminos: el cobro a través de un seguro médico o el cobro directo a la persona que reciba la atención y no tenga cobertura.
Para la comunidad, esto significa un cambio en la forma de atender y facturar dentro de los hospitales nacionales, aunque sin tocar lo más importante: la asistencia inmediata en una emergencia sigue garantizada para cualquiera que la necesite.

